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Misión y Actividad Formas de colaboración Más información Colaboradores

Formas de colaboración

AYUDA ECONÓMICA:

Puedes colaborar económicamente con nuestro Proyecto haciendo una aportación voluntaria mediante transferencia bancaria o bien mediante domiciliación bancaria con una cuota mensual, trimestral o semestral. Puedes solicitar información al Sr. Gonzalo Rodríguez, Tesorero de la Fundación.

nº cuenta: 2054-0306-22-9156156778 "Caja Navarra"

nº cuenta: 2100-0286-93-0200251741 "La Caixa"

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OTRAS COLABORACIONES:

Aceptamos cualquier otro tipo de colaboración que pueda contribuir al Proyecto; por lo tanto, tu aportación será bienvenida. Puedes solicitar información al Dr. Jordi Seuba, Director de la Fundación

CONTACTO:

Dr. Jordi Seuba - Director


Sr. Gonzalo Rodríguez - Tesorero

(*): La ley 49/2002, del 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los incentivos fiscales de Mecenazgo (BOE nº 307, de 24/XII/2002) establece una serie de beneficios fiscales en función de si el donante es una persona física o jurídica.


PERSONA FÍSICA (*)

* Socio fundador: aquel que mediante domiciliación o transferencia bancaria realiza una aportación económica mensual, trimestral o semestral y consta en registro de socios de OkumeAZ

* Socio colaborador: aportación económica, voluntariado, y aportación de bienes materiales al Proyecto, como mobiliario, fuentes de energía (placas solares), material escolar, equipos informáticos, aplicaciones informáticas, material de construcción, material sanitario...
aún cuando no hace una aportación periódica.

(*) las ventajas fiscales para personas físicas son del 25% sobre la base de la aportación realizada en el ejercicio fiscal en vigor.

PERSONA JURÍDICA (*)

* Socio colaborador: aportación económica, voluntariado, cesión de empleados y/o expertos para actividades puntuales del proyecto, aportación de bienes materiales al Proyecto, como mobiliario, fuentes de energía (placas solares), material escolar, equipos informáticos, aplicaciones informáticas, material de construcción, material sanitario...

* Entidades Privadas: aportaciones económicas puntuales o convenio de colaboración.

(*) las ventajas fiscales para personas jurídicas o entidades privadasson del 35% sobre la base de la aportación realizada en el ejercicio fiscal en vigor.

* Organismos y/o Entidades Oficiales: convenio de colaboración.